Diccionario de psicología, letra S, sentimiento de culpabilidad

Sentimiento de culpabilidad
Al.: Schuldgefühl.
Fr.: sentiment de culpabilité.
Ing.: sense of guilt, guilt feeling.
It.: senso di colpa.
Por.: sentimento de culpa.

Término utilizado en psicoanálisis con una acepción muy amplia.
Puede designar un estado afectivo consecutivo a un acto que el sujeto considera reprensible,
pudiendo ser la razón que para ello se invoca más o menos adecuada (remordimientos del
criminal o autorreproches de apariencia absurda), o también un sentimiento difuso de indignidad
personal sin relación con un acto preciso del que el sujeto pudiera acusarse.
Por lo demás, el sentimiento de culpabilidad se postula en psicoanálisis como sistema de
motivaciones inconscientes que explican comportamientos de fracaso, conductas delictivas,
sufrimientos que se inflige el sujeto, etc.
En este último sentido, la palabra sentimiento sólo puede utilizarse con reservas, ya que el sujeto
puede no sentirse culpable a nivel de la experiencia consciente.
El sentimiento de culpabilidad fue encontrado al principio, sobre todo, en la neurosis obsesiva, en forma de autorreproches, de ideas obsesivas contra las que el sujeto lucha porque le parecen
reprensibles, y por último en forma de vergüenza provocada por las mismas medidas de
protección.
Ya a este nivel se puede observar que el sentimiento de culpabilidad es, en parte, inconsciente,
en la medida en que la naturaleza real de los deseos que intervienen (especialmente agresivos)
es ignorada por el sujeto.
El estudio psicoanalítico de la melancolía debía conducir a una teoría más elaborada del
sentimiento de culpabilidad. Ya es sabido que esta afección se caracteriza especialmente por
autoacusaciones, autodesprecio y tendencia al autocastigo, que puede conducir al suicidio.
Freud muestra que existe aquí una verdadera escisión del yo entre acusador (superyó) y
acusado, escisión que es el resultado, por un proceso de interiorización, de una relación
intersubjetiva: «[…] los autorreproches son reproches contra un objeto de amor, que se invierten
desde éste hacia el propio yo […]; las quejas [del melancólico] son quejas dirigidas contra».
Este descubrimiento de la noción de superyó había de conducir a
Freud a atribuir al sentimiento de culpabilidad un papel más general en el conflicto defensivo. Ya
en Duelo y melancolía (Tralier und Melancholie, 1917), reconoce que «[…] la instancia crítica
que aquí se ha separado del yo por escisión podría demostrar su autonomía también en otras
circunstancias […]»; el el capítulo V de El yo y el ello (Das Ich und das Es, 1923), dedicado a las
«relaciones de dependencia del yo», distingue las diversas modalidades del sentimiento de
culpabilidad desde su forma normal hasta sus expresiones en el conjunto de las estructuras
psicopatológicas.
En efecto, la diferenciación del superyó, como instancia crítica y punitiva, con respecto al yo,
introduce la culpabilidad como relación intersistémica dentro del aparato psíquico: «El sentimiento
de culpabilidad es la percepción que, en el yo, corresponde a esta crítica [del superyó]».
Desde este punto de vista, la expresión de «sentimiento de culpabilidad inconsciente» adquiere
un sentido más radical que cuando designaba un sentimiento inconscientemente motivado: ahora
es la relación entre el superyó y el yo la que puede ser inconsciente y traducirse por efectos
subjetivos en los cuales, en el caso límite, puede faltar toda culpabilidad sentida. Así, en algunos
delincuentes, «[…] puede mostrarse que existe un poderoso sentimiento de culpabilidad, ya
antes del delito, y que, por consiguiente, no es la consecuencia de éste, sino el motivo, como si
el sujeto experimentara un alivio al poder atribuir este sentimiento inconsciente de culpabilidad a
algo real y actual».
No escapó a Freud la paradoja que representa el hablar de sentimiento de culpabilidad
inconsciente. En este sentido, admitió que podía parecer más adecuado el término de necesidad
de castigo. Pero se observará que este último término, tomado en su sentido más radical,
designa una fuerza que tiende a la aniquilación del sujeto, y puede no ser reductible a una
tensión intersistémica, mientras que el sentimiento de culpabilidad, sea consciente o
inconsciente, se reduce siempre a una misma relación tópica: la del yo con el superyó, la cual a
su vez es un residuo del complejo de Edipo: «Podemos adelantar la hipótesis de que gran parte
del sentimiento de culpabilidad debe ser normalmente inconsciente, porque la aparición de la
conciencia moral se halla íntimamente ligada al complejo de Edipo, que forma parte del
inconsciente».