Diccionario de Psicología, letra D, Deuda

Diccionario de Psicología, letra D Deuda

Se denomina deuda a un componente específico inherente a todo entramado vincular, en tanto sistema de obligaciones recíprocas afectivamente connotadas. Noción bifronte ya que alude al superyó de cada sujeto y al mismo tiempo al encadenamiento entre sujetos, a lo vincular. Se diferencian dos órdenes de deuda descriptos para la especificidad de la familia: deuda con el origen y deuda matrimonial. La primera de ellas, se refiere a la obligación de reciprocidad endogámica ligando las generaciones en una sucesividad; mientras que deuda matrimonial alude a la obligación de reciprocidad habilitante a la circulación exogámica, al emparentarse en una simultaneidad generacional. Se las concibe produciendo una combinación en la interfantasmática de la pareja: según la modalidad de resolución del complejo fraterno se enhebrará de distintas maneras al vínculo de alianza matrimonial. En cuanto a la connotación afectiva, se describen para la deuda con el origen tres registros, que a su vez implican específicas temporalidades: absoluto (obligación de fusión, inmovilidad temporal, condiciones de posibilidad para la psicosis), relativo (culpa, tiempo mítico, condiciones de posibilidad para la neurosis y perversión) y p rospectivo (responsabilidad, tiempo acontecimental, condiciones de posibilidad de emergencia de angustia). Origen e historia del término Etimológicamente pueden encontrarse una variedad de significados. a) Obligación que tiene uno de pagar, satisfacer o reintegrar a otro una cosa. b) Obligación moral contraída con otro. c) Pecado, culpa, ofensa. d) De la misma raíz proviene el vocablo «deudo, da» que significa pariente, ascendiente o descendiente. El vocablo «deuda» remite a una gama de significaciones que impregna todos los ámbitos de la reciprocidad. Todo contrato, todo pacto, todo acuerdo requiere de obligaciones mutuas. Desde el psicoanálisis clásico, el tema ha sido profusamente tratado desde la perspectiva del sujeto en relación al complejo paterno. En Schreber y en El Hombre de las Ratas por ejemplo, Freud despliega distintas vicisitudes y destinos en relación a la deuda con el padre. En la misma línea, Piera Aulagnier sitúa un doble deseo de muerte (del hijo hacia su padre y de éste en posición de hijo hacia su propio padre) solamente tramitable, reprimible eficazmente cuando se establece una conexión simbólica entre muerte y sucesión y transmisión de la ley y aceptación de la muerte. Por otro lado, desde la antropología, Lévi-Strauss concibe un desequilibrio estructural inherente al principio de intercambio en la cultura: «En el dominio de la naturaleza sólo se da lo que se recibe; en el dominio de la cultura el individuo recibe siempre más de lo que da, y al mismo tiempo da más de lo que recibe». Desarrollo desde la perspectiva vincular El despliegue de esta noción puede seguirse a través de tres publicaciones, a las que puede sumarse esta presentación del término, a modo de elaboración de su productividad actual. Surgió a partir de repensar cuestiones que la clínica planteaba referentes al ligamen de la configuración vincular actual con la familia de origen del padre, al presentificarse una conflictiva específica de obligaciones: las inherentes al vínculo paterno – filial actual, y a su vez, de este padre en tanto hijo con su propio origen, su propio complejo paterno. Se diferencian dos órdenes de deuda: deuda con el origen y deuda matrimonial. Deuda con el origen: se trata de la deuda con los ancestros desde el registro narcisístico del vínculo. Darle un nombre al hijo implica discriminarlo, ubicarlo en la circulación social. Implica para los padres pagar una deuda al haber recibido ellos también un nombre. Al otorgar un nombre al niño, éste deviene deudor de una vida y de un nombre. Si el hijo no es discriminado, nombrado, pertenece a los padres. «Si me perteneces la deuda no existe, si te alejas es insaldable». Si hay una aceptación del orden de la cultura, la deuda por la vida quedará relativizada y ligada a la posibilidad de entrada a un orden simbólico que los trasciende. Deuda matrimonial: la construcción de la alianza marca la reiniciación del ciclo, pero marca otra cualidad de deuda: emparentarse en un eje horizontal. La deuda generada en la circulación exogámica es del orden del reconocimiento de la falta. Un contrato hecho con la cultura: entrega de un hijo a la cultura para que, depositario del narcisismo, luego de la ilusión de inmortalidad, sostenga los deseos de perennidad. En algunos casos esta referencia al pasado, esta deuda con el pasado no es pasible de ser cuestionada en absoluto. En otros, hay un lugar para el cuestionamiento y la posterior asunción de una perspectiva propia por parte del hijo. La resolución de este conflicto es decisiva para la posibilidad de circulación exogámica. La particular modalidad que toma la deuda con el padre puede hacer tensión con el requerimiento de otro orden de deuda, con la cultura. De la particular imbricación entre el origen, el vínculo endogámico y la salida exogámica, pensada como alianza matrimonial resultará la específica cualidad de la deuda en juego. Se describen tres modalidades para el registro de la deuda desde el plano vincular, implicando cada una, una específica connotación afectiva y temporal en la subjetividad que generan: absoluta, relativa y prospectiva. La posesividad endogámica lleva a un endeudamiento absoluto. No saldable, ya que no hay registro de deuda en este tiempo -tiempo de inmovilidad-, mandato de fusión, una indiferenciación mortífera parento-filial. Se presentifica un mandato de igualación en términos de presión identificatoria. La connotación afectiva es la de la futilidad. Es el lugar de la psicosis. El cuestionamiento instala una diferencia en tanto posibilidad de pensar y conocer. Sin embargo, en tanto presentificación de un cuarto término redentor o condenante y el consecuente sentimiento de culpa, pecado u ofensa da lugar a una relativa circulación. Deuda relativa, tiempo mítico, lugar de la neurosis y perversión. Finalmente, el registro de deuda prospectivo corresponde al crédito otorgado por un camino propio, sin retorno, no circular. Está implícito un vacío: como caída del cuarto término. El elemento narcisístico en este registro es prospectivo. El ideal a cumplir pasa por el hijo (deuda prospectiva). Condición de posibilidad de emergencia de angustia, definida como afecto concomitante al registro de una falta, motor del deseo. Problemáticas conexas Deuda y eje alianza-consanguinidad : el concepto de deuda y sus registros complejiza el eje alianza consanguinidad, tomados como cualidades vinculares. Permite precisiones sobre los matices y distintas combinatorias que toma en cada situación clínica como herramienta clínica, abre a una posibilidad de ampliación para la psicopatología vincular. Deuda y pertenencia: en una primera elaboración, el concepto de deuda estuvo centrado dentro del eje de la estructura de parentesco. Sin embargo, si se amplía la noción de exogamia hacia las distintas pertenencias implícitas en los vínculos que ofrece la cultura, se abren nuevos campos de aplicación de este concepto. Deuda y temporalidad: las modalidades descriptas de registro de deuda implican, a su vez, registros diferentes de la temporalidad. El registro del tiempo implícito en la deuda prospectiva se caracteriza precisamente por abrir una condición de posibilidad para lo acontecimental.