DSM-IV: Trastornos del estado de ánimo. Especificaciones de gravedad/psicosis/remisión para el episodio mixto

Especificaciones de gravedad/psicosis/remisión para el episodio mixto

Estas especificaciones son aplicables al episodio mixto de un trastorno bipolar I sólo en el caso de que se trate del episodio afectivo más reciente. Si actualmente se cumplen los criterios para el episodio mixto, éste se puede clasificar como leve, moderado, grave sin síntomas psicóticos o grave con síntomas psicóticos. Si ya han dejado de cumplirse los criterios, la especificación indica si el episodio está en remisión parcial o total. Estas especificaciones no se codifican.

Leve, moderado, grave sin síntomas psicóticos.
La gravedad se considera leve, moderada o grave en base al número de síntomas de los criterios, la gravedad de los síntomas, el grado de incapacidad funcional y la necesidad de supervisión. Los episodios leves se caracterizan por la presencia de sólo tres o cuatro síntomas maníacos y cinco o seis síntomas depresivos. Los episodios moderados están caracterizados por un gran aumento de la actividad o por el deterioro del juicio. Los episodios graves sin síntomas psicóticos se caracterizan por la necesidad de supervisión prácticamente continua para proteger al sujeto del daño que se pueda causar a sí mismo o a los demás.

Grave con síntomas psicóticos.
Esta especificación indica la presencia de ideas delirantes o alucinaciones (en general auditivas). En la mayoría de los casos el contenido de las ideas delirantes y las alucinaciones es consistente con los temas maníacos o depresivos; es decir, son síntomas psicóticos congruentes con el estado de ánimo. Por ejemplo, el sujeto puede escuchar la voz de Dios explicándole que tiene una misión especial que cumplir. Las ideas delirantes de persecución pueden estar basadas en la idea de que la persona está siendo perseguida a causa de que es especialmente merecedora de un castigo o por tener alguna relación o cualidad especiales.
Con menor frecuencia, el contenido de las alucinaciones o las ideas delirantes no tiene una relación aparente con los temas maníacos ni con los depresivos; es decir, son síntomas psicóticos no congruentes con el estado de ánimo. Pueden consistir en ideas delirantes de inserción del pensamiento (p. ej., los pensamientos de uno no son los suyos propios), ideas delirantes de difusión del pensamiento (p. ej., los demás pueden oír los pensamientos propios) e ideas delirantes de control (p. ej., las propias acciones están bajo un control externo). Estos síntomas pueden estar asociados a un peor pronóstico. El clínico puede indicar la naturaleza de los síntomas psicopáticos mediante las especificaciones con síntomas psicóticos congruentes con el estado de ánimo y con síntomas psicóticos no congruentes con el estado de ánimo.

En remisión parcial, en remisión total.
La remisión total requiere un periodo de al menos 2 meses en los que no haya síntomas significativos de manía o de depresión. Hay dos formas de considerar que un episodio se encuentra en remisión parcial: 1) cuando todavía hay algunos síntomas de un episodio mixto, pero ya no se cumplen totalmente los criterios, y 2) cuando no hay síntomas significativos del episodio mixto, cuando el período de remisión es aún menor de 2 meses.

– Criterios para las especificaciones de gravedad/psicosis/remisión para el episodio mixto actual (o más reciente)

Nota: Puede ser aplicable a un episodio mixto de un trastorno bipolar I sólo en el caso de que se trate del episodio afectivo más reciente.

Leve: Sólo se cumplen los síntomas de los criterios mínimos para un episodio maníaco y un episodio depresivo mayor.
Moderado: Síntomas de incapacidad funcional entre «leves» y «graves».
Grave sin síntomas psicóticos: Se necesita una supervisión prácticamente continua para proteger al sujeto del daño físico que se pueda causar a sí mismo o a los demás. Grave con síntomas psicóticos: Ideas delirantes o alucinaciones. Si es posible, especificar si los síntomas psicóticos son congruentes o no congruentes con el estado de ánimo:

Síntomas psicóticos congruentes con el estado de ánimo: Ideas delirantes y alucinaciones cuyo contenido es enteramente consistente con los temas maníacos o depresivos típicos.

Síntomas psicóticos no congruentes con el estado de ánimo: Ideas delirantes y alucinaciones cuyo contenido no consiste en los temas maníacos o depresivos típicos. Se incluyen síntomas como ideas delirantes de persecución (sin relación directa con los temas depresivos o los de grandiosidad), inserción del pensamiento e ideas delirantes de ser controlado.

En remisión parcial: Hay algunos síntomas de un episodio mixto, pero ya no se cumplen totalmente los criterios, o después del final del episodio mixto hay un período sin síntomas significativos del episodio mixto con una duración inferior a 2 meses.
En remisión total: Durante los últimos 2 meses no ha habido signos o síntomas significativos de la alteración.
No especificado.

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