Investigaciones: La función del psicólogo en las prácticas jurídicas con niños y adolescentes

Investigaciones: La función del psicólogo en las prácticas jurídicas con niños y adolescentes

Por Giselle A. López y Gabriela Z. Salomone

Entre las cuestiones éticas que se
presentan en la práctica de la Psicología,
tanto en el ámbito jurídico como en
otros contextos institucionales[i], se
recortan con especial importancia
aquellas vinculadas a la participación
del psicólogo en prácticas jurídicas
que involucran niños y adolescentes.
Esta problemática dio lugar a un plan
de trabajo diferenciado que titulamos
“La función del psicólogo en prácticas
jurídicas con niños y adolescentes:
problemáticas éticas del diálogo
disciplinar”[ii], cuyo objetivo general es
identificar y sistematizar las cuestiones
éticas que se suscitan al interior de dichas
prácticas, en razón del entrecruzamiento
discursivo de la Psicología y el Derecho.
Tal estudio, de carácter exploratorio
descriptivo, supuso profundizar el
conocimiento sobre las diversas
prácticas jurídicas que involucran
niños y adolescentes (referidas a una
variedad de temáticas judiciales, como
abuso sexual infantil, violencia familiar,
divorcios controvertidos, revinculación,
adicciones, adopción, mediación
familiar, entre otras), los roles que
el psicólogo desempeña (consultor,
asesor, mediador, perito, función
asistencial, etc.) y los modos habituales
de resolución de conflictos. Si bien el
problema a investigar se encuadra en
aspectos conceptuales más generales
tanto de la Ética profesional como de
la práctica psicológica en diálogo con
el Derecho[iii], la temática particular de
las prácticas con niños y adolescentes
mostró ser un área de investigación aún
poco explorada.
Al mismo tiempo, reflexionar sobre los
dilemas éticos de las prácticas con niños
y adolescentes en el ámbito jurídico
impuso atender a las transformaciones
en la concepción jurídica y social de la
niñez y la adolescencia, sustentada en
el nuevo paradigma de la protección
integral de los derechos del niño, iniciado
a partir de la Convención Internacional
sobre los Derechos del Niño. Este hecho
impacta necesariamente en las prácticas
jurídicas con niños así como en las
prácticas psicológicas vinculadas a
ellas, en las que el psicólogo se enfrenta
a cuestionamientos y problemas éticos
que dilematizan su función[i].
La investigación se desarrolla a partir
de la actualización bibliográfica de los
aspectos conceptuales (concepciones
sobre infancia y adolescencia, encuadre
deontológico y jurídico de las prácticas
con niños y adolescentes, etc.), así
como del trabajo de campo. Este
último consistió fundamentalmente
en la realización de entrevistas a
informantes clave, profesionales con
amplia experiencia en su área de
especialización y que han conocido
situaciones personales o de terceros
en que la participación del psicólogo en
prácticas jurídicas suscitó dilemas éticos,
tanto en contextos judiciales como en
otros ámbitos de inserción profesional
vinculados al sistema jurídico.
Estas tareas redundaron en una
recolección de casos que permitió la
identificación y sistematización de las
problemáticas éticas más relevantes. A
partir de allí, fue necesaria la delimitación
conceptual de los problemas éticos
identificados y la consecuente
profundización del marco teórico. En
esta ocasión, compartimos un informe
de avance correspondiente a la fase
de sistematización y elaboración de
los resultados. Hemos elaborado un
esquema conceptual preliminar para
la organización lógica de los dilemas
éticos relevados:
a) Problemáticas deontológicas:
problemas éticos que surgen en el seno
mismo del campo deontológico, relativos
a la ponderación e interpretación de las
normas, los casos de excepción, etc.
Por ejemplo, cuando en una entrevista
con un niño se advierten indicadores
de abuso sexual infantil, caso que –
por el riesgo que conlleva- configura
un causal de excepción al deber de
Secreto Profesional. (López, 2012, a y
Salomone, 2010).
b) Problemáticas desde la perspectiva
de la dimensión clínica: se refiere a
problemas éticos que surgen con relación
a la singularidad del caso, que impide que
la intervención del psicólogo se configure
según referencias establecidas. A modo
de ejemplo, ubicamos en este punto, en
el área de adopciones, la cuestión de
la transmisión de la historia de origen
al niño cuando su grado de desarrollo
madurativo impide que acceda a su
legajo por sus propios medios: cómo
y quiénes transmiten / construyen esa
historia y la responsabilidad profesional
que esto conlleva. (López, 2012, b y
Salomone, 2006)
c) Conflicto entre el campo deontológico
y el orden jurídico: divergencias
entre las pautas deontológicas y los
requerimientos judiciales que recaen
sobre la práctica del psicólogo. Tal el
caso de una pericia psicológica en
que se solicita la presencia de terceras
partes, aspecto contemplado por la
regulación de pericias del Código Civil y
Procesal, pero que se pone en tensión
con la protección de los derechos de
Confidencialidad y Privacidad que se
sostiene en los códigos deontológicos
(López, 2011,a).
d) Conflicto entre la práctica del
psicólogo y las normas institucionales:
cualquiera sea la institución de la que
se trate, su corpus normativo regula
y a veces condiciona la práctica
del psicólogo poniendo en cuestión
la función profesional; se deberá
considerar la posición del psicólogo,
la distinción respecto del rol asignado
institucionalmente, la identificación
del destinatario de su práctica, etc.
Tomemos el caso de las instituciones
de tipo “comunidades terapéuticas”,
con una normativa institucional
habitualmente muy estricta y pautada.
Estas normas pueden entrar en
conflicto con la práctica psicológica,
por ejemplo en el caso de un
psicólogo que durante una entrevista
con un paciente recibe algún tipo de
información que va en contra de las
normas institucionales pero que, a la
vez se trata de información que ha sido
confiada por el paciente al psicólogo
en carácter de confidencial, en el
marco de su tratamiento individual. En
este caso, el psicólogo se encuentra
en el dilema ético de levantar el
secreto profesional en pos de la norma
institucional o no, cuestión que estaría
poniendo en riesgo la continuidad del
tratamiento. (López, 2012, c)
e) Conflicto entre la práctica psicológica
y las prácticas jurídicas: cuando las
prácticas que emanan de los agentes
representantes del aparato judicial
entran en conflicto con la práctica
del psicólogo. Hemos relevado
casos de pacientes internados por
problemáticas de Toxicomanías, que
al ser entrevistados por miembros
del aparato judicial estos les revelan
información que puede tornarse
clínicamente iatrogénica. Por ejemplo,
cuando la internación de un paciente
es clínicamente necesaria en términos
de contención subjetiva así como
de tratamiento de los síntomas
y, al mismo tiempo, se lo informa
acerca de su derecho de autonomía
y autodeterminación, aclarándole
que él tiene derecho a rechazar su
internación de acuerdo a la nueva
legislación vigente.
Este tipo de información, brindada
por profesionales que no provienen
del campo de la salud y que por lo
tanto la transmiten sin tener en cuenta
la singularidad del paciente y de su
padecimiento, y que entienden al
paciente en tanto ciudadano sujeto de
derechos, puede agravar los síntomas
en algunos pacientes, obstaculizando
sus tratamientos. Si bien es necesario
trabajar por la autonomía de los
pacientes, respetando sus derechos y
transmitiéndoselos en un lenguaje claro
y adecuado, no podemos suponer que
en todos los casos toda la información
debe ser dicha del mismo modo.
f) Confrontación entre las variantes del
campo normativo (lo deontológico,
jurídico, organizacional, institucional)
y la dimensión clínica de la práctica
que define la función profesional. A
modo de ejemplo, situamos el caso de
niños hijos de madres presas, donde
es posible poner de relieve el principio
jurídico del interés superior del niño a la
luz del caso singular.[i]
Los resultados obtenidos hasta el
momento significaron un importante
avance respecto de los objetivos
planteados y, al mismo tiempo,
demostraron que las cuestiones éticas
de las prácticas que nos ocupan
presentan gran complejidad en virtud
de diferencias y peculiaridades relativas
a la cuestión etárea, a los distintos
ámbitos de inserción profesional y
a las prácticas concretas que allí se
realizan. Además, consideramos que
comportan un valor fundamental tanto
para la transferencia del conocimiento
en la formación de futuros profesionales
psicólogos, como para poder pensar
políticas a implementar que afiancen
genuinamente los derechos de la
infancia y la adolescencia.

Referencias bibliográficas

LÓPEZ, G. A. (2012).a. “Dilemas éticos: un
comentario sobre “La mala verdad”. II Congreso
Online de Ética y Cine, organizado por la Secretaría
de Extensión, Cultura y Bienestar Universitario y la
Cátedra I de Psicología, Ética y Derechos Humanos,
Facultad de Psicología, UBA. Marzo a Octubre de
2012 (Enviado para su evaluación).
LÓPEZ, G. A. (2012).b. “Adopción y la construcción
del relato de la historia de origen. Dilemas éticos del
psicólogo.” V Congreso Mundial por los Derechos de
la Infancia y la Adolescencia. “Infancia, Adolescencia
y Cambio Social”. 15 al 19 de Octubre de 2012.
San Juan, República Argentina. (Enviado para su
evaluación).
LÓPEZ, G. A. (2012).c. “Algunas consideraciones
ético-deontológicas sobre el abordaje institucional
de las toxicomanías en el caso de adolescentes.”
Manuscrito inédito.
LÓPEZ, G. A. (2011).a. “La función del perito
psicólogo: algunas problemáticas éticas.” Manuscrito
inédito.
LÓPEZ, G. A. (2011).b. “Leonera: Reflexiones
sobre el interés superior del niño a la luz de la
Convención sobre los Derechos del Niño.” Ética y
Cine: Conferencia Internacional y Congreso Online.
Facultad de Psicología, Universidad de Buenos Aires.
Febrero / Octubre de 2011. Publicación online en
http://www.eticaycine.org/
LÓPEZ, G. A. (2011).c. “Conceptos para la
singularidad en el ámbito del trabajo con niñas,
niños y adolescentes: diálogo disciplinar entre la
Psicología y el Derecho.” III Simposio Internacional
sobre Infancia, Educación, Derechos de niños, niñas
y adolescentes: “Las prácticas profesionales en
los límites del saber y de la experiencia disciplinar”.
Facultad de Psicología, Universidad Nacional de Mar
del Plata y FLACSO Argentina, Área Educación. Mar
del Plata, 11 al 13 de Agosto 2011. Publicado en las
Memorias del Congreso, ISBN 978-987-544-392-1
(CD-ROM).
SALOMONE, G. Z.(2010). Los derechos de la
infancia y la adolescencia: reflexiones sobre el
campo deontológico de la Psicología. En Di Nella, Y.
(Comp.). Psicología Forense y Derechos Humanos
vol.2: El Sujeto, La Ley y La Salud Mental (pp. 129 –
146). Buenos Aires: Koyatun editorial, Buenos Aires.
SALOMONE, G. Z. (2009). Infancia y adolescencia.
Algunas consideraciones respecto de la noción de
autonomía. Memorias I Congreso Internacional de
Investigación y Práctica Profesional en Psicología,
XVI Jornadas de Investigación y Quinto Encuentro
de Investigadores en Psicología del MERCOSUR.
Psicología y Sociedad Contemporánea: Cambios
Culturales. Instituto de Investigaciones, Facultad de
Psicología, UBA. Tomo II. Pág. 534-536.
SALOMONE, G. Z (2006). Consideraciones sobre
la ética profesional: dimensión clínica y campo
deontológico-jurídico. En Salomone, G. Z &
Domínguez, M. E., La transmisión de la ética. Clínica
y deontología. Vol. I: Fundamentos. Buenos Aires:
Letra Viva. (pp. 51-72).
[i] Proyecto UBACyT Cuestiones éticas de la
Psicología en el ámbito jurídico y otros contextos
institucionales. Estudio exploratorio descriptivo
en base a una investigación cuali-cuantitativa.
Programación científica 2010-2012. Dirección:
Prof. Gabriela Z. Salomone. Facultad de Psicología,
Universidad de Buenos Aires. www.proyectoetica.
org
[ii] Beca UBACyT La función del psicólogo en
prácticas jurídicas con niños y adolescentes:
problemáticas éticas del diálogo disciplinar.
Categoría: Beca Estímulo. Becaria: Giselle A. López;
Directora: Gabriela Z. Salomone. Cohorte 2011,
continúa.
[iii] Aspectos estudiados en el Proyecto UBACyT
antes mencionado y en su antecesor: Variables
jurídicas en la práctica psicológica: sistematización
de cuestiones éticas, clínicas y deontológicas
a través de un estudio exploratorio descriptivo
(UBACyT 2008-2010, Dirección: Prof. Gabriela Z.
Salomone).
[i] A modo de ejemplo mencionemos el concepto
de “autonomía progresiva” en articulación con la
noción de responsabilidad en niños y adolescentes.
Cf. López, G. A. (2012). “Le gamin au velò”: Algunas
consideraciones sobre el campo de la responsabilidad
en niñas, niños y adolescentes desde una perspectiva
ética y un enfoque de derechos” Memorias del III
Congreso Internacional de la Asociación Argentina
de Estudios de Cine y Audiovisual (AsAECA).
Universidad Nacional de Córdoba. En prensa). y
Salomone, G. Z.: (2009). Infancia y adolescencia.
Algunas consideraciones respecto de la noción de
autonomía. Memorias I Congreso Internacional de
Investigación y Práctica Profesional en Psicología,
XVI Jornadas de Investigación y Quinto Encuentro
de Investigadores en Psicología del MERCOSUR.
Psicología y Sociedad Contemporánea: Cambios
Culturales. Instituto de Investigaciones, Facultad de
Psicología, UBA. Tomo II. Pág. 534-536.
[i] Al respecto, ver: López, G. A. (2011) b y c.