La responsabilidad profesional del psicólogo (introducción)

La responsabilidad profesional del psicólogo

Dr. Fabián Vitolo
NOBLE S.A.

Introducción
La práctica de la psicología se ha visto convulsionada en los
últimos tiempos en la Argentina a partir de casos de gran
repercusión mediática en los cuales se puso en duda el
accionar profesional. Hay también sentencias a partir de
presuntos abusos en el proceso de transferencia. Pese a que se
considera a la psicología una especialidad de bajo riesgo
médico-legal, los psicoterapeutas son los profesionales que
más utilizan el servicio de asesoramiento médico-legal de
NOBLE planteando incidentes y situaciones potencialmente
conflictivas. Es precisamente a partir de esa inquietud que
consideramos oportuno abordar el tema.
En diciembre de 2003 la Cámara Civil de la Capital Federal
condenó a una psicóloga a pagar 28.000 pesos un paciente
con quien entabló una relación amorosa. El joven de 19 años
había recurrido a ella a través de la cartilla de una prepaga
para tratar su adicción a las drogas. La demandada, pese a la
existencia de tal relación, continuó asistiendo
profesionalmente al paciente e interrumpía la terapia cuando
surgían problemas en el orden afectivo. Finalmente el vínculo
se disolvió de manera tortuosa y el joven reclamó el pago de
una indemnización por daño psicológico y moral. Si bien en
primera instancia la demanda fue rechazada, la Cámara hizo
lugar a la pretensión esgrimida por el actor a partir de la
existencia de pruebas que demostraron el vínculo afectivo y la
relación íntima habitual entre las partes, vedada por el Código
de Ética de la Asociación de Psicología de Buenos Aires. Del
monto total condenado, 20.000 pesos correspondieron a la
indemnización del daño moral y 8.000 pesos fueron
destinados a solventar un tratamiento psicológico que
recuperara al actor del síndrome depresivo reactivo en el que
lo había sumido la confusa vinculación mantenida con la
psicoterapeuta.
Más recientemente, en agosto de 2006, otra sala de la misma
cámara civil condenó al psicoanalista demandado a restituir a
su paciente la suma de 75.000 dólares que el profesional
sostuvo haber recibido en concepto de «adelanto de
honorarios». La cámara también aplicó una condena por daño
moral de 20.000 pesos.
Ocurrió en este caso que al cabo de un extenso tratamiento de 28
años, el profesional obtuvo un préstamo efectuado por la
paciente por la suma indicada y cuando la paciente le reclamó el
pago de dicho monto sostuvo que la suma recibida no había sido
otorgada al título indicado sino como adelanto de honorarios.
Ante tal argumento, el Tribunal sostuvo que el invocado adelanto
de honorarios había constituido «una verdadera privación
ilegítima de la libertad en el ámbito de los derechos
personalísimos, en tanto se priva concretamente al enfermo de su
inalienable derecho de interrumpir o abandonar el tratamiento o
de acudir a otro profesional».
Estos casos son ilustrativos de las particularidades que tiene la
responsabilidad profesional del psicólogo. Probablemente en
pocos ámbitos como en el de la psicoterapia sea tan difícil
establecer los límites entre la deontología y la responsabilidad
profesional. Las diferenciaciones entre la imprudencia, la impericia
y la negligencia, elementos distintivos de la culpa y el dolo
pueden ser sutiles y abiertas a múltiples interpretaciones. Desde el
ámbito asegurador esta distinción no es menor, ya que el dolo
está excluido de todas las coberturas de responsabilidad civil.
Por otra parte, para que haya responsabilidad profesional debe
poder probarse un daño a la victima pero, a diferencia de otras
especialidades, en la psicología la valoración del mismo es más
difícil y subjetiva que en el daño corporal. Esto complica la prueba
tanto para quien demanda como para quien defiende.
La mayoría de los problemas legales que enfrentan los psicólogos
no se originan en situaciones impredecibles. Más bien
sobrevienen de situaciones que pudieron ser evitadas y sobre las
que el terapeuta debiera tener excelente control.

Los terapeutas suelen encontrarse con abogados en las siguientes
situaciones:
Relaciones no profesionales con sus pacientes, incluyendo las
sexuales.
Ruptura de la confidencialidad
Conflictos matrimoniales donde se disputa la tenencia de los hijos
Suicidios de pacientes
Daños producidos por sus pacientes a terceras partes
Conflictos por honorarios
Error de diagnóstico
Error de tratamiento. Falta de derivación o utilización de técnicas
para las cuales el psicólogo no está debidamente capacitado

En nuestro país carecemos de datos exactos acerca de la cantidad
de psicólogos que han sido demandados. Sólo se conocen
algunas sentencias aisladas. En los Estados Unidos, de acuerdo al
informe anual 2003 del organismo oficial al cual se debe
denunciar cualquier reclamo de este tipo (Nacional Practitioner
Data Bank), más de 1500 psicólogos sufrieron reclamos en la
última década. Aproximadamente el 1% de los pagos
resarcitorios en concepto de mala praxis en ese país se originarían
en casos que involucran a psicólogos.

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