DSM-IV: Trastornos del estado de ánimo. Especificaciones que describen el curso de los episodios recidivantes

Especificaciones que describen el curso de los episodios recidivantes

Se dispone de diversas especificaciones para los trastornos del estado de ánimo, cuya finalidad es la de aumentar la especificidad diagnóstica y crear subgrupos más homogéneos, ayudar a la selección del tratamiento y mejorar la predicción pronóstica. Las especificaciones que describen el curso de los episodios recidivantes incluyen las especificaciones de curso longitudinal (con o sin recuperación total interepisódica), patrón estacional y ciclos rápidos. Estas especificaciones no se pueden codificar. La siguiente tabla indica qué especificaciones del curso son aplicables a cada trastorno del estado de ánimo.

Especificaciones del curso que se aplican a los trastornos del estado de ánimo:
DSM-IV, trastorno de ánimo, episodios recidivantes
– Especificaciones de curso longitudinal (con y sin recuperación interepisódica total)

Las especificaciones con recuperación interepisódica total y sin recuperación interepisódica total tienen la finalidad de servir para caracterizar el curso de la enfermedad en los sujetos con trastorno depresivo mayor, recidivante, trastorno bipolar I o trastorno bipolar II. Estas especificaciones deben aplicarse al período de tiempo entre los dos episodios más recientes. La caracterización del curso aún es mejor si se hace constar la presencia de antecedentes de trastorno distímico.

En general, los sujetos con una historia de sin recuperación interepisódica total, muestran una persistencia de este patrón en episodios posteriores. Estos sujetos también parecen más propensos a tener más episodios depresivos mayores que los que tienen recuperaciones totales. El trastorno distímico previo al primer episodio de un trastorno depresivo mayor es más probable que se asocie con una falta posterior de recuperación total. Estas especificaciones también se pueden aplicar al período de tiempo entre los episodios más recientes de un trastorno bipolar I o un trastorno bipolar II para indicar la presencia o ausencia de sintomatología afectiva.

A. Recidivante, con recuperación interepisódica total, sin trastorno distímico.
Indica el curso de un trastorno depresivo mayor, recidivante, en el que no hay antecedentes de trastorno distímico y en el que hay un período de remisión total entre los episodios. Este patrón de curso es predictor de buen pronóstico.

B. Recidivante, sin recuperación interepisódica total, sin trastorno distímico.
Indica el curso de un trastorno depresivo mayor, recidivante, en el que no hay antecedentes de trastorno distímico, pero en el que hay síntomas importantes que persisten entre los dos episodios más recientes, es decir, que no se alcanza más que una remisión parcial.

C. Recidivante, con recuperación interepisódica total, superpuesto a un trastorno distímico
(codificar también F34.1 [300.4]).
Indica un patrón extraño (presente en menos del 3 % de los sujetos con trastorno depresivo mayor) de un trastorno depresivo mayor, recidivante, con el antecedente de trastorno distímico, pero con recuperación total interepisódica entre los dos episodios más recientes.

D. Recidivante, sin recuperación interepisódica total, superpuesto a un trastorno distímico
(codificar también F34.1 [300.4]).
Indica  el curso de un trastorno depresivo mayor, recidivante, en el que hay antecedentes de trastorno distímico y en el que no hay un período de remisión total entre los dos episodios más recientes. Este patrón, habitualmente descrito como «depresión doble», se ve en cerca del 20-25 % de los sujetos con trastorno depresivo mayor.

– Criterios para la especificación de curso longitudinal

Especificar si (puede aplicarse al trastorno depresivo mayor, recidivante o al trastorno
bipolar I o II):

Con recuperación interepisódica total:
si se logra una remisión total entre los dos episodios afectivos más recientes

Sin recuperación interepisódica total
si no se logra una remisión total entre los dos episodios afectivos más recientes

– Especificación del patrón estacional

La especificación con patrón estacional puede aplicarse al patrón de los episodios depresivos mayores en el trastorno bipolar I, trastorno bipolar II o trastorno depresivo mayor, recidivante. La característica esencial es el inicio y la remisión de los episodios depresivos mayores en una determinada época del año. En la mayoría de los casos los episodios empiezan en el otoño o el invierno y remiten en primavera. Con menor frecuencia, pueden presentarse episodios depresivos recidivantes en verano. Este patrón de inicio y remisión de los episodios debe haber ocurrido en los últimos 2 años, sin ningún episodio no estacional en este período. Además, a lo largo de la vida del sujeto los episodios depresivos estacionales tienen que ser sustancialmente más numerosos que los episodios depresivos no estacionales.

Esta especificación no es aplicable en las situaciones en las que el patrón se puede explicar por factores estresantes psicosociales ligados a la estacionalidad (p. ej., desempleo estacional o calendario escolar). Los episodios depresivos mayores que siguen un patrón estacional suelen estar caracterizados por una notable anergia, hipersomnia, hiperfagia, aumento de peso y deseo de tomar hidratos de carbono. No está claro si el patrón estacional es más frecuente en el trastorno depresivo mayor, recidivante, o en los trastornos bipolares. Sin embargo, en el grupo de los trastornos bipolares el patrón estacional parece ser más frecuente en el trastorno bipolar II que en el trastorno bipolar I. En algunos sujetos el inicio de los episodios maníacos o hipomaníacos también puede ir ligado a una estación en particular. La luz brillante del espectro visible que se utiliza en el tratamiento puede asociarse a los cambios hacia la fase maníaca o hipomaníaca.

La prevalencia del patrón estacional de tipo invierno parece variar según la latitud, la edad y el sexo. La prevalencia aumenta en las latitudes más altas. La edad también es un fuerte predictor de estacionalidad, de forma que los más jóvenes tienen más riesgo para experimentar los episodios depresivos invernales. Las mujeres suponen el 60-90 % de las personas con patrón estacional, pero no está claro que el sexo femenino sea un factor de riesgo específico mayor que el riesgo asociado al trastorno depresivo mayor recidivante. A pesar de que esta especificación se aplica a la aparición estacional de episodios depresivos mayores completos, algunas investigaciones sugieren que el patrón estacional también puede describir el tipo de presentación de algunos sujetos con episodios depresivos invernales recidivantes que no cumplen los criterios para un episodio depresivo mayor.

– Criterios para la especificación de patrón estacional

Especificar si:
Con patrón estacional
(puede aplicarse al patrón de los episodios depresivos mayores en el trastorno bipolar I, trastorno bipolar Il o trastorno depresivo mayor, recidivante)

A. Ha habido una relación temporal sostenida entre el inicio de los episodios depresivos mayores de un trastorno bipolar I o bipolar II, o un trastorno depresivo mayor recurrente, y una determinada época del año (p. ej., aparición regular del episodio depresivo mayor en el otoño o el invierno).

Nota: No incluir los casos en los que hay un efecto evidente de factores estresantes psicosociales estacionales (p. ej., estar habitualmente en paro todos los inviernos).

B. Las remisiones totales (o un cambio de la depresión a la manía o a la hipomanía) también se dan en una determinada época del año (p. ej., la depresión desaparece en primavera).

C. En los últimos 2 años ha habido dos episodios depresivos mayores que han demostrado la relación estacional temporal definida en los Criterios A y B, y no ha habido episodios depresivos mayores no estacionales en el mismo período.

D. Los episodios depresivos mayores estacionales (descritos antes) tienen que ser sustancialmente más numerosos que los episodios depresivos mayores no estacionales presentados a lo largo de la vida del sujeto.

– Especificación de ciclos rápidos

La especificación con ciclos rápidos puede aplicarse al trastorno bipolar I o al trastorno bipolar II. La característica principal de un trastorno bipolar con ciclos rápidos es la aparición de cuatro o más episodios afectivos durante los 12 meses previos. Estos episodios pueden presentarse en cualquier combinación y orden. Los episodios tienen que cumplir los criterios de síntomas y duración para un episodio depresivo mayor, maníaco, mixto o hipomaníaco y pueden estar delimitados por un período de remisión total o por un cambio a un episodio de polaridad opuesta. Los episodios maníacos, hipomaníacos y mixtos se consideran pertenecientes al mismo polo (p. ej., un episodio maníaco seguido inmediatamente por un episodio mixto se considera un único episodio al referirse a la especificación con ciclos rápidos). Con la excepción de que ocurren con mayor frecuencia, los episodios pertenecientes a un patrón de cielos rápidos no son diferentes de los que se presentan en un patrón de ciclos no rápidos. Los episodios de estado de ánimo que contribuyen a definir un patrón de ciclos rápidos excluyen los episodios inducidos directamente por sustancias (p. ej., cocaína, corticosteroides) o debidos a enfermedad médica.

Los ciclos rápidos se dan aproximadamente en el 5-15 % de las personas con trastorno bipolar que son visitadas en las clínicas de trastornos del estado de ánimo. Mientras que en el trastorno bipolar la proporción por sexos es igual en general, en el patrón de ciclos rápidos el 70-90 % de los sujetos son mujeres. Los episodios afectivos no están ligados a ninguna fase del cielo menstrual y se presentan tanto en mujeres pre como posmenopáusicas. Los ciclos rápidos pueden asociarse a hipotiroidismo, algunas enfermedades neurológicas (p. ej., esclerosis múltiple), retraso mental, traumatismo craneal o tratamiento antidepresivo. Los ciclos rápidos pueden aparecer en cualquier momento en el curso de un trastorno bipolar y pueden aparecer y desaparecer, especialmente si van asociados a la utilización de antidepresivos. La presencia de ciclos rápidos va asociada a un peor pronóstico a largo plazo.

– Criterios para la especificación de ciclos rápidos

Especificar si:
Con ciclos rápidos
(puede aplicarse al trastorno bipolar I o al trastorno bipolar II)

Al menos cuatro episodios de alteración del estado de ánimo en los 12 meses previos que cumplen los criterios para un episodio depresivo mayor, maníaco, mixto o hipomaníaco.

Nota: Los episodios están delimitados por una remisión total o parcial durante al menos 2 meses o por un cambio a un episodio de polaridad opuesta (p. ej., episodio depresivo mayor a episodio maníaco).

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